Corpus
Modo: Corpus Pro

ABORTO AUTOPSIA.-

Clave: 45 · Registro digital (IUS): 904986 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Ap. 2000; Tomo II, Penal, P.R. SCJN; Pág. 25

Si la autopsia, la fe judicial y la descripción del cadáver son presupuestos procesales indispensables en un ser que ha nacido y que en la mayor parte de los casos alcanza el máximo de su desarrollo, con mayor razón no pueden omitirse dichas formalidades en casos de huevos, gérmenes, embriones o fetos que pueden estar afectados por circunstancias contrarias a la capacidad vital, tales como enfermedades, vicios de conformación incompatibles con la existencia, etc., para establecer con certidumbre la causa de la muerte.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/904986-80f298b1/aborto-autopsia-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 2588/55.-Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente.-30 de septiembre de 1955.-Cinco votos.-Ponente: Genaro Ruiz de Chávez. Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CXXV, página 2796, Primera Sala.

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