APELACIÓN EN MATERIA PENAL.-
La sentencia que se pronuncia en la apelación de un proceso, tiene que basarse en la acusación del Ministerio Público durante la primera instancia, y si impone una pena apoyándose en disposiciones aplicables a hechos distintos de los que sirvieron de base a la acusación, procede conceder el amparo contra el fallo, para el efecto de que se pronuncie uno nuevo, teniendo en cuenta la acusación del Ministerio Público.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905212-80e7d9f3/apelacion-en-materia-penal-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2470/29.-Melgarejo Antelmo B.-7 de enero de 1930.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Enrique Osorno Aguilar.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XXVIII, página 47, Primera Sala.
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