Corpus
Modo: Corpus Pro

ARMAS, POSESIÓN DE.-

Clave: 308 · Registro digital (IUS): 905249 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Ap. 2000; Tomo II, Penal, P.R. SCJN; Pág. 147

Las autoridades militares carecen de facultades para revisar el equipaje de los particulares en requisa o busca de armas, y para desposeerlos de ellas cuando éstas no las portan en su persona, sino que se encuentran dentro de un veliz a bordo de un automóvil, resultando en tales condiciones dicho decomiso una clara violación del artículo 16 constitucional, porque el vehículo indudablemente debe equipararse al domicilio del quejoso, y para registrarlo es necesario mandamiento de autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905249-0865b07e/armas-posesion-de-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 3926/53.-Morton Santos Fernando.-3 de junio de 1954.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Octavio Mendoza González.-Relator: Alfonso Francisco Ramírez. Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CXX, página 875, Segunda Sala.

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