DAÑOS Y PERJUICIOS, LA DENUNCIA DE HECHOS DELICTUOSOS, NO ES LA ORIGINADORA DE LOS.-
La denuncia de los hechos delictuosos, no es la originadora de los daños y perjuicios, ya que si bien es cierto que algunos de ellos (daños y perjuicios), se producen como consecuencia de la privación de la libertad del inculpado, debe aceptarse que son consecuencia inmediata y directa del ejercicio de la acción penal por el agente del Ministerio Público, de la orden de aprehensión dictada por el Juez de la causa criminal, del auto de formal prisión y, en fin, de la instrucción del proceso penal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905835-a1850b0d/danos-y-perjuicios-la-denuncia-de-hechos-delictuosos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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