DELITOS, LA DENUNCIA DE LOS, NO CONSTITUYE UN HECHO ILÍCITO.-
La simple denuncia, en términos generales, de que se está cometiendo un delito, no puede constituir un hecho ilícito, máxime, si el denunciante no acusó directamente a determinada persona, y la detención de ésta y su consignación, se debieron a las investigaciones hechas por la jefatura de policía y al ejercicio de la acción penal, por parte del Ministerio Público.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905967-19742336/delitos-la-denuncia-de-los-no-constituye-un · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 8766/41.-Feria Ugalde Julio Felipe.-6 de noviembre de 1942.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Emilio Pardo Aspe.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXXIV, página 3370, Tercera Sala.
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