PRISIÓN, CÓMPUTO DE LA PENA DE.-
La fracción X del artículo 20 constitucional, manda que en toda pena de prisión que imponga una sentencia, se computará el tiempo de la detención, y si el tribunal responsable, en su fallo, no hizo esta computación, debe concederse la protección federal, únicamente para el efecto de que dicho tribunal aplique la disposición constitucional que se acaba de mencionar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/907223-bf65af4c/prision-computo-de-la-pena-de-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3245/42.-Gutiérrez Selvera Isidro y coags.-23 de septiembre de 1942.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXXIII, página 6866, Primera Sala.
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