Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBA PERICIAL EN MATERIA PENAL.-

Clave: 2365 · Registro digital (IUS): 907306 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Ap. 2000; Tomo II, Penal, P.R. SCJN; Pág. 1106

El acusado tiene derecho, conforme a la disposición contenida en el artículo 222 del Código Federal de Procedimientos Penales, a designar a los peritos de su parte, y si no lo hace así, si no usa esa facultad que la ley le concede, ello sólo puede redundar en su perjuicio, pero en forma alguna ese acto negativo suyo, engendrará violación de garantías, y más le agraviará lo que él mismo no cuidó de hacer valer, ante su juzgador.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/907306-4c0b48e4/prueba-pericial-en-materia-penal-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 4630/45.-Rocha Abundio.-22 de marzo de 1946.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXXXVII, página 2653, Primera Sala.

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