REPARACIÓN DEL DAÑO, LA DETERMINACIÓN DE LA, NO DEPENDE DE SU RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL.-
No existe disposición legal que establezca que la determinación de la reparación del daño deba hacerse en relación con el beneficio de la condena condicional, pues no es verdad que la circunstancia de que la cantidad a la que se condene a pagar al reo como reparación del daño haga nugatorio el beneficio de la condena condicional, porque tal condena forma parte de la pena impuesta, sin perjuicio de que se garantice el pago de la reparación del daño para obtener la libertad condicional concedida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/907499-a6881f33/reparacion-del-dano-la-determinacion-de-la-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3418/71.-Carlos Pérez González.-8 de diciembre de 1971.-Cinco votos.-Ponente: Ernesto Aguilar Álvarez.
Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 36, Segunda Parte, página 23, Primera Sala.
Jurisprudencia relacionada
- REPARACION DEL DAÑO, LA DETERMINACION DE LA, NO DEPENDE DE SU RELACION CON LA CONDENA CONDICIONAL. (s/clave)
- REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- REPARACIÓN DEL DAÑO.- (2516)
- REPARACIÓN DEL DAÑO.- (2523)
- REPARACION DEL DAÑO, CONDENA IMPROCEDENTE A LA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis