ROBO, CUANTÍA DEL (LEGISLACIÓN DE DURANGO).-
El artículo 331 del Código Penal aplicable dispone que: "para estimar la cuantía del robo, se atenderá únicamente al valor intrínseco de la cosa robada."; pero no puede aducirse violación de este precepto si, aunque no se hizo avalúo de la cosa robada por peritos, la cantidad que el sentenciador toma en cuenta al establecer la pena por el monto de lo robado, es la que el reo recibió como importe de su venta, siendo indudablemente tal cantidad inferior a la que en el mercado tenía dicha cosa, que para el caso sería su valor intrínseco.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/907653-a9667e75/robo-cuantia-del-legislacion-de-durango-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ROBO, CUANTIA DEL (LEGISLACION DE DURANGO). (s/clave)
- ROBO, CUANTÍA DEL (PRUEBA PERICIAL).- (2713)
- ROBO, CUANTIA DEL (PRUEBA PERICIAL). (s/clave)
- ROBO, CUANTIA DEL. (s/clave)
- ROBO, CUANTIA DEL, PARA LA FIJACION DE LA PENA, EN CASO DE FALTA DE PERITAJES. (s/clave)
- ROBO, PENALIDAD DEL. LEGISLACION DE DURANGO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis