AGRAVIOS INFUNDADOS.-
Si de la resolución recurrida aparece que el Juez Federal examinó las constancias del expediente penal y concluyó que la orden de aprehensión se encontraba fundada y motivada, puesto que revela la existencia de hechos determinados que la ley castiga con pena corporal como lo es el delito equiparable a la violación y la denuncia se encuentra apoyada por declaraciones de personas dignas de fe y por otros datos que hacen probable la responsabilidad del inculpado, dicha sentencia no causa agravio al recurrente, sin que para dictar esa clase de mandamientos sea necesaria la comprobación de los elementos del cuerpo del delito, pues basta que satisfagan los requisitos del artículo 16 de la Constitución Federal. No obstan las aseveraciones de carácter técnico del recurrente en cuanto al desarrollo de los hechos que dieron lugar al ilícito, por carecer de trascendencia jurídica al no existir probanzas que las corroboren.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/908518-d60db7ef/agravios-infundados-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AGRAVIOS INFUNDADOS. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION, PARA FUNDARLA RESULTA PREPONDERANTE EL DICHO DE LA OFENDIDA EN VIOLACION. (s/clave)
- ORDEN DE APREHENSION, PARA DICTARSE NO SE REQUIEREN PRUEBAS DE VALOR PLENO. (s/clave)
- AGRAVIOS EN LA APELACIÓN, DEBE SUPLIRSE LA FALTA DE.- (3563)
- AGRAVIOS INOPERANTES. (s/clave)
- AGRAVIOS EN LA APELACION, DEBE SUPLIRSE LA FALTA DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis