ALEVOSÍA. CALIFICATIVA DE.-
La calificativa de alevosía supone un ataque de improviso; mas ello no quiere decir que surja de improviso en la mente del agresor el pensamiento de sorprender al agredido -aunque así sucede en algunos casos-, sino que a la víctima se le sorprende de repente, de pronto, inesperadamente, a tal punto que la actividad así desplegada, no da lugar a la parte lesa a repeler el ataque de que se le hace víctima.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/908522-36bd3c9f/alevosia-calificativa-de-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 290/93.-Pedro Gutiérrez Zárate.-8 de julio de 1993.-Unanimidad de votos.-Ponente: Gustavo Calvillo Rangel.-Secretario: Humberto Schettino Reyna.
Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XIV, julio de 1994, página 413, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VI.2o.720 P.
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