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APELACIÓN EN MATERIA PENAL. SUPLENCIA OFICIOSA ANTE AGRAVIOS DEFICIENTES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).-

Clave: 3668 · Registro digital (IUS): 908609 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Ap. 2000; Tomo II, Penal, P.R. TCC; Pág. 1748

El tribunal de apelación infringe en perjuicio del quejoso lo dispuesto por el artículo 300 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social en el Estado, que estatuye que: "La Sala suplirá la deficiencia o falta de los agravios del acusado o del defensor cuando éstos sean los apelantes.", si dicho tribunal se concreta a estudiar los agravios expresados por el defensor de oficio, respecto de las penas impuestas sin hacer pronunciamiento alguno con respecto al delito y a la responsabilidad del acusado, puesto que para cumplir con tal precepto estaba obligado a examinar de oficio todas las constancias del proceso a fin de decidir si el Juez de primer grado había aplicado correctamente la ley, o si había vulnerado los principios reguladores de la valoración de la prueba al resolver los aspectos de comprobación del delito y de la responsabilidad del acusado.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/908609-c81b06a9/apelacion-en-materia-penal-suplencia-oficiosa-ante-agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 200/88.-Alfonso de los Santos López.-17 de agosto de 1988.-Unanimidad de votos.-Ponente: Eric Roberto Santos Partido.-Secretario: Miguel Izaguirre Ojeda. Amparo directo 157/88.-Francisco Aldana Acuña.-5 de julio de 1988.-Unanimidad de votos.-Ponente: Eric Roberto Santos Partido.-Secretario: Martín Amador Ibarra. Amparo directo 152/88.-José Campos Márquez.-29 de junio de 1988.-Unanimidad de votos.-Ponente: Enrique Dueñas Sarabia.-Secretaria: Irma Salgado López. Amparo directo 470/87.-Adrián Mendoza Estanislao.-24 de marzo de 1988.-Unanimidad de votos.-Ponente: Enrique Dueñas Sarabia.-Secretaria: Irma Salgado López. Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XV-II, febrero de 1995, página 223, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VI.1o.11 P.

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