CONTRABANDO. CONFIGURACIÓN DEL DELITO DE.-
De acuerdo con lo previsto en el artículo 103, fracción IV, del Código Fiscal Federal, no sólo cometen delito de contrabando quienes internan o sacan del país mercancía omitiendo deliberadamente el pago de impuestos, sino que también se presume la comisión del referido ilícito por quienes descarguen subrepticiamente mercancías extranjeras de los medios de transporte, aun cuando sean de rancho, abastecimiento o uso económico.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/909051-817eb47b/contrabando-configuracion-del-delito-de-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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