PORTACIÓN DE ARMA PROHIBIDA Y ROBO COMETIDO POR PERSONA ARMADA. COEXISTENCIA DE.-
No es verdad que se recalifique la conducta del activo si se le condenó por los delitos de portación de arma prohibida y robo calificado cometido por persona armada, en grado de tentativa, ya que el primero es permanente y de peligro y se consumó desde que el inculpado tuvo el arma bajo su radio de acción, ello con independencia de que en cierto momento usó materialmente el arma para amenazar y cometer el robo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/910281-0dd0da14/portacion-de-arma-prohibida-y-robo-cometido-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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