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EXPROPIACIÓN. LEY APLICABLE EN MATERIA FEDERAL. PARA QUE LA SEGUNDA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO RELATIVO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN SURTA EFECTOS DE NOTIFICACIÓN PERSONAL, DEBE EXISTIR IMPOSIBILIDAD REAL DE LOCALIZAR EL DOMICILIO DEL AFECTADO.-

Clave: 54 · Registro digital (IUS): 911619 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 9a. Época; Pleno; Ap. 2000; Tomo III, Administrativa, P.R. SCJN; Pág. 53

El artículo 4o. de la Ley de Expropiación, aplicable en materia federal, establece que la declaratoria respectiva se publicará en el Diario Oficial de la Federación, notificándose personalmente a los interesados, y que en "caso de ignorarse el domicilio de éstos, surtirá efectos de notificación personal una segunda publicación del acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.". Conforme a este precepto legal, es necesario que se ignore el domicilio de los afectados para que la segunda publicación del acuerdo expropiatorio surta efectos de notificación personal. Por tanto, no basta la afirmación de las autoridades respecto a la ignorancia del domicilio, sino que es necesario que acrediten la imposibilidad real de localizar el domicilio para que surta efectos de notificación personal la segunda publicación de referencia, a través de las constancias relativas de las diligencias efectuadas para tal fin.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/911619-34cfb98d/expropiacion-ley-aplicable-en-materia-federal-para-que · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 2241/93.-Ramón Maldonado.-3 de abril de 1997.-Unanimidad de nueve votos.-Ausentes: José Vicente Aguinaco Alemán y Juventino V. Castro y Castro.-Ponente: Juan N. Silva Meza.-Secretario: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Amparo en revisión 1260/92.-Yolanda Mercado Lira y otros.-27 de febrero de 1997.-Mayoría de seis votos; unanimidad en relación con el criterio contenido en esta tesis.-Ausente: José Vicente Aguinaco Alemán.-Ponente: Mariano Azuela Güitrón.-Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot. Amparo en revisión 1565/94.-Inmuebles Pridi, S.A.-25 de febrero de 1997.-Mayoría de seis votos; unanimidad en relación con el criterio contenido en esta tesis.-Ausente: José Vicente Aguinaco Alemán.-Ponente: Mariano Azuela Güitrón.-Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI, julio de 1997, página 13, Pleno, tesis P. CXVIII/97.

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