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COLONIZACIÓN. EN QUÉ CONSISTE. REQUISITOS PARA SU REALIZACIÓN.-

Clave: 162 · Registro digital (IUS): 911727 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Ap. 2000; Tomo III, Administrativa, P.R. SCJN; Pág. 146

La colonización consiste, fundamentalmente, en el fraccionamiento de una finca en parcelas que se venden a los colonos bajo los requisitos necesarios para garantizar la vida, unidad y progreso de la colonia, y cuyo importe están obligados a pagar dichos colonos. En todo caso de colonización, se necesita previamente el fraccionamiento y venta de parcelas, el acondicionamiento o adaptación de las fincas, mediante la construcción de caminos, obras de riego, cercos y toda clase de obras territoriales que garanticen una buena explotación económica. Acondicionada la finca para la colonización, sólo se puede admitir como colonos o compradores de parcelas, a los interesados que reúnan los requisitos fijados en las leyes, requisitos que tienden a garantizar la realización de los fines de la colonia misma, aludidos antes. Tomando en cuenta estas apreciaciones, se observa que en el presente caso, no habiéndose procedido, siquiera al acondicionamiento de los terrenos para la colonización, ni mucho menos habiéndose fraccionado, ni aun pudiéndose saber siquiera quiénes serían los colonos o compradores de las parcelas, los quejosos no pueden considerarse legalmente perjudicados con el acuerdo de seis de mayo de mil novecientos treinta y tres, que reclaman.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/911727-bd433aac/colonizacion-en-que-consiste-requisitos-para-su-realizacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo 5442/33.-Pablo Campos y coagraviados.-13 de marzo de 1934.-La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente. Informe de 1934, Quinta Época, página 20, Segunda Sala.

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