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SOCIEDADES COOPERATIVAS, REPRESENTACIÓN DE LAS.-

Clave: 597 · Registro digital (IUS): 912162 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Ap. 2000; Tomo III, Administrativa, P.R. TCC; Pág. 543

Una interpretación sistemática del artículo 28 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, permite concluir que la designación de representante legal, por la naturaleza de ese tipo de sociedades, descansa exclusivamente en el consejo de administración, quien es el único autorizado para delegar parte de sus facultades, entre ellas, la de representación, pues ese es el alcance del expresado precepto; delimitación que se corrobora con lo dispuesto por el artículo 36, fracciones VI y VII, del reglamento de la ley en consulta, al establecer dentro de las facultades del citado consejo, las de nombrar gerentes con atribuciones determinadas, o designar comisionados que se encarguen de administrar las secciones especiales, de tal manera que, si la asamblea de socios designa representante legal de la sociedad, al presidente del mencionado consejo o alguno de los otros miembros de éste, tal nombramiento no es válido porque se desvirtúa la esencia misma del propio consejo que estriba en que la representación sea conjunta de los miembros que la integran, cuanto más que la ley a comento, en su artículo 22, textualmente establece que los acuerdos de la asamblea, para ser válidos, deben tomarse conforme a la ley y su reglamento.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/912162-44ea06c0/sociedades-cooperativas-representacion-de-las-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 635/91.-Sociedad Cooperativa de Producción Pesquera "Santa Cruz", S.C.L.-27 de noviembre de 1991.-Unanimidad de votos.-Ponente: Joaquín Dzib Núñez.-Secretario: Alejandro Sergio González Bernabé. Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo IX, enero de 1992, página 259, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis XIII.1o.70 A.

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