RECURSOS ADMINISTRATIVOS Y JUICIO DE NULIDAD, IMPROCEDENCIA DE LOS. EL ARTÍCULO 25 DE LA LEY DEL SERVICIO DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN, POR SU NATURALEZA, DEBE PREVALECER SOBRE LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN.-
En los conflictos fiscales ventilados ante el Tribunal Fiscal de la Federación, en los que el contribuyente haga valer para la resolución de la litis correspondiente la aplicación de la fracción IV del artículo 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, que prevé el conocimiento de este último, de los juicios promovidos contra sentencias definitivas que causen un agravio en materia fiscal y distinto al que se refieren las fracciones anteriores del propio precepto; si en la sentencia combatida se determinó que era procedente el recurso de reclamación planteado por la administradora Local Jurídica de Ingresos, en representación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en contra del auto admisorio de la demanda de nulidad respectiva proveniente de la negativa a la solicitud de dación de inmuebles en pago de impuestos, con apoyo en el artículo 25 de la Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación, de acuerdo con la naturaleza de esta ley, que prevé una excepción tanto a los recursos administrativos como al juicio de nulidad, cuyo precepto, en su segundo párrafo, dispone que la aceptación o negativa de la solicitud de dación en pago será facultad discrecional de la tesorería o de sus auxiliares y no podrá ser impugnada en recurso administrativo, ni en juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación, por su naturaleza debe prevalecer sobre la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, la que en el citado artículo 11, fracción IV, únicamente determina, a manera de organización interna, la competencia de dicho tribunal para conocer de los asuntos especificados en dicho precepto fiscal, y de ahí lo restringido de su aplicabilidad en los juicios correspondientes, ante la particular excepción del aludido artículo 25 de la invocada Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/912692-70c0bc8c/recursos-administrativos-y-juicio-de-nulidad-improcedencia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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