Corpus
Modo: Corpus Pro

GANANCIALES. SU INTEGRACIÓN EN EL RÉGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL.-

Clave: 1029 · Registro digital (IUS): 914637 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Ap. 2000; Tomo IV, Civil, P.R. TCC; Pág. 735

Los gananciales están constituidos en el régimen de sociedad conyugal: a) Por las aportaciones que al fondo común hacen cada uno de los pretensos, situación que invariablemente debe quedar precisada en las capitulaciones matrimoniales, b) Las aportaciones que con el propio fin hacen los cónyuges y c) Los bienes y derechos adquiridos durante la vigencia de dicha sociedad que no se reputen por la ley como del exclusivo dominio de cada uno de los referidos cónyuges.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/914637-93829113/gananciales-su-integracion-en-el-regimen-de-sociedad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 78/91.-Rosa Zareñana González viuda de Ramírez.-8 de mayo de 1992.-Unanimidad de votos.-Ponente: Enrique R. García Vasco.-Secretario: José Guadalupe Sánchez González. Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo X, julio de 1992, página 369, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.6o.C.100 C.

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