CLÁUSULA DE EXCLUSIÓN. DESPIDO POR LA APLICACIÓN DE LA.-
Para que un patrón se libere de responsabilidad frente a sus trabajadores a los que el sindicato titular del contrato colectivo aplique la llamada cláusula de exclusión, debe cerciorarse de que el oficio o comunicación en que se le pide la separación de dichos trabajadores es auténtico, de que en el contrato colectivo está pactada la obligación a su cargo de separarlos y de que los afectados son miembros de la organización, pues si se satisfacen tales requisitos el despido no puede pararle ningún perjuicio, siendo responsable el sindicato de los daños y perjuicios que cause a los interesados en el caso de no haber actuado de acuerdo con la ley y sus propios estatutos, pero sin que el patrón tenga facultad de investigar la legalidad de los procedimientos internos seguidos por la organización sindical, ya que esto constituiría una intromisión que en manera alguna está autorizada por la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/916508-b196f801/clausula-de-exclusion-despido-por-la-aplicacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CLAUSULA DE EXCLUSION. DESPIDO POR LA APLICACION DE LA. (s/clave)
- CLAUSULA DE EXCLUSION. PRUEBAS QUE PARA SU APLICACION DEBEN RENDIR EL SINDICATO Y EL PATRON. (s/clave)
- CLAUSULA DE EXCLUSION. REQUISITOS PARA SU APLICACION. (s/clave)
- CLAUSULA DE EXCLUSION. (s/clave)
- CLAUSULA DE EXCLUSION, DESPIDO DEL TRABAJADOR POR APLICACION DE LA. (s/clave)
- CLAUSULA DE EXCLUSION. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis