ACTO RECLAMADO. ERROR EN LA FECHA DEL.
La inexactitud en que se incurra al hacerse referencia a la fecha del laudo reclamado, es intrascendente si los conceptos de violación están encaminados a combatir consideraciones vertidas en el laudo cuya fecha fue motivo de error; así como si se encuentra plenamente identificado en las constancias del expediente laboral en el que se emitió.
NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1004076-2357c63a/acto-reclamado-error-en-la-fecha-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2729/95.—Instituto Mexicano del Seguro Social.—29 de marzo de 1995.—Unanimidad de votos.—Ponente: F. Javier Mijangos Navarro.—Secretario: Carlos Alberto Bravo Melgoza.
Amparo directo 11499/95.—Instituto Mexicano del Seguro Social.—16 de noviembre de 1995.—Unanimidad de votos.—Ponente: F. Javier Mijangos Navarro.—Secretario: José Morales Contreras.
Amparo directo 11509/95.—Roberto Cajina Osorio.—16 de noviembre de 1995.—Unanimidad de votos.—Ponente: F. Javier Mijangos Navarro.—Secretario: José Morales Contreras.
Amparo directo 2179/96.—María de Jesús Ronquillo Mondragón.—7 de marzo de 1996.—Unanimidad de votos.—Ponente: Jorge Rafael Olivera Toro y Alonso.—Secretario: José C. Santiago Solórzano.
Amparo directo 3609/96.—Compañía Operadora de Teatros, S.A. de C.V.—18 de abril de 1996.—Unanimidad de votos.—Ponente: Nilda R. Muñoz Vázquez.—Secretario: José Juan Ramos Andrade.
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, mayo de 1996, página 461, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.9o.T. J/16; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, mayo de 1996, página 462.
Apéndice 1917-2000, Tomo V, Materia del Trabajo, Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, página 590, tesis 714.
Jurisprudencia relacionada
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