AMPARO AGRARIO. CUANDO SE PROMUEVE EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN RECAÍDA EN UN PROCEDIMIENTO RELATIVO A UN CONFLICTO SOBRE LA POSESIÓN Y GOCE DE UNA UNIDAD DE DOTACIÓN HABIÉNDOSE EJERCITADO UNA ACCIÓN DERIVADA DE DERECHOS SUCESORIOS LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL DEBE OTORGARSE PARA QUE SE DEJE INSUBSISTENTE LA RESOLUCIÓN Y SE INSTAURE EL PROCEDIMIENTO QUE CORRESPONDA [TESIS HISTÓRICA].
Cuando se trata del fallecimiento del titular de los derechos agrarios, la Ley Federal de la Reforma Agraria establece en sus artículos 12, fracción IV, 47, fracción XI, 81 a 84, un procedimiento especial, para dirimir las controversias que surjan con tal motivo; y si bien, el procedimiento se inicia con el acta de avenimiento a que alude el numeral 434 de la misma ley, la Comisión Agraria Mixta, al advertir que las partes definieron claramente sus pretensiones y las causas que motivaron la acción, debe ordenar la regularización del procedimiento, y no seguir un procedimiento diverso, como es el relativo a un conflicto sobre posesión y usufructo de una unidad de dotación que establece en sus artículos 438 a 440, ya que al no hacerlo así infringe la garantía de audiencia prevista en el segundo párrafo del artículo 14 de la Constitución Federal, al tramitar un procedimiento que no era el previsto por la ley para esos casos y no dar oportunidad a las partes de probar y alegar sus derechos sucesorios. Por tanto, en casos como los anteriores, conforme a lo dispuesto por el artículo 80 de la Ley de Amparo, la concesión del amparo debe ser para que la autoridad responsable deje insubsistente la resolución reclamada y el procedimiento del cual emanó, y, en cumplimiento a la garantía violada, instaure el respectivo procedimiento sucesorio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1004336-7d36846b/amparo-agrario-cuando-se-promueve-en-contra-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AMPARO AGRARIO. CUANDO SE PROMUEVE EN CONTRA DE LA RESOLUCION RECAIDA EN UN PROCEDIMIENTO RELATIVO A UN CONFLICTO SOBRE LA POSESION Y GOCE DE UNA UNIDAD DE DOTACION HABIENDOSE EJER (2a./J. 37/95)
- AMPARO AGRARIO. CUANDO SE PROMUEVE EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN RECAÍDA EN UN PROCEDIMIENTO RELATIVO A UN CONFLICTO SOBRE LA POSESIÓN Y GOCE DE UNA UNIDAD DE DOTACIÓN HABIÉNDOSE EJER (126)
- AMPARO AGRARIO. CUANDO SE PROMUEVE CONTRA LA RESOLUCIÓN RECAÍDA A UN PROCEDIMIENTO RELATIVO A UN CONFLICTO SOBRE LA POSESIÓN Y GOCE DE UNA UNIDAD DE DOTACIÓN HABIÉNDOSE EJERCITADO (II.1o.A.133 A)
- REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO AGRARIO. IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA EL FALLO QUE LO OPERA. (VI.2o.294 A)
- AGRARIO. POSESION Y GOCE. SI EN UN JUICIO DE AMPARO SE DECLARO CONSTITUCIONAL LA RESOLUCION QUE RECAYO AL CONFLICTO, LOS ACTOS QUE SON CONSECUENCIA DE ESE PROCEDIMIENTO NO SON IMPU (s/clave)
- AMPARO EN MATERIA AGRARIA, CUANDO ES PROCEDENTE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis