Corpus
Modo: Corpus Pro

TESTIGOS. APRECIACIÓN DE SUS DECLARACIONES.

Clave: 609 · Registro digital (IUS): 1005988 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 6a. Época; 1a. Sala; Apéndice 2011; Tomo III. Penal Primera Parte - SCJN Sección - Adjetivo; Pág. 561

Las declaraciones de quienes atestiguan en un proceso penal deben valorarse por la autoridad jurisdiccional teniendo en cuenta tanto los elementos de justipreciación concretamente especificados en las normas positivas de la legislación aplicable, como todas las demás circunstancias objetivas y subjetivas que, mediante un proceso lógico y un correcto raciocinio, conduzcan a determinar la mendacidad o veracidad del testimonio sub júdice.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1005988-21d99806/testigos-apreciacion-de-sus-declaraciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 858/57.—Ubaldo Zavala.—2 de septiembre de 1958.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Carlos Franco Sodi. Amparo directo 1029/58.—Ana María Miranda vda. de Suck y coag.—4 de marzo de 1959.—Mayoría de cuatro votos.—Disidente: Luis Chico Goerne.—Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez. Amparo directo 6876/55.—Tomás Machorro Velázquez.—13 de septiembre de 1962.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Juan José González Bustamante. Amparo directo 401/62.—Salvador Reyes Reyes.—3 de octubre de 1962.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: Alberto R. Vela. Amparo directo 6481/61.—Salvador Abraham Pérez.—19 de julio de 1963.—Cinco votos.—Ponente: Alberto R. Vela. Apéndice 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, Jurisprudencia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, página 275, Primera Sala, tesis 376.

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