SUSPENSIÓN. LA GARANTÍA OTORGADA PARA LA PROVISIONAL ES INDEPENDIENTE DE LA DEFINITIVA.
La garantía otorgada con el objeto de que surta sus efectos la suspensión provisional, es completamente independiente de la definitiva, y no por el hecho de haberse cumplido con las condiciones exigidas para la suspensión provisional, exhibiendo la garantía respectiva, debe considerarse cumplimentado el requerimiento hecho por el a quo respecto de la definitiva en relación a la garantía solicitada.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1012555-e9e45ed1/suspension-la-garantia-otorgada-para-la-provisional-es · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja 8/89.—Gabino Conde Rubio.—5 de abril de 1989.—Unanimidad de votos.—Ponente: Arnoldo Nájera Virgen.—Secretario: Enrique Crispín Campos Ramírez.
Incidente de suspensión (revisión) 637/92.—Gerardo Tello Reyes.—21 de enero de 1993.—Unanimidad de votos.—Ponente: Gustavo Calvillo Rangel.—Secretario: Humberto Schettino Reyna.
Incidente de suspensión (revisión) 467/94.—Pedro Tenorio Tula.—22 de noviembre de 1994.—Unanimidad de votos.—Ponente: Humberto Cabrera Vázquez.—Secretario: Enrique Baigts Muñoz.
Incidente de suspensión (revisión) 364/97.—Felipe Roldán Sosa y otra.—25 de junio de 1997.—Unanimidad de votos.—Ponente: Antonio Meza Alarcón.—Secretario: Héctor Enrique Hernández Torres.
Incidente de suspensión (revisión) 801/98.—Carlos Palma García.—18 de febrero de 1999.—Unanimidad de votos.—Ponente: Antonio Meza Alarcón.—Secretario: Enrique Baigts Muñoz.
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, marzo de 1999, página 1343, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VI.2o. J/169; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, marzo de 1999, página 1344.
Apéndice 1917-2000, Tomo VI, Materia Común, Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, página 548, tesis 604.
Jurisprudencia relacionada
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