PAGO DE DIFERENCIAS SALARIALES. CARGA DE LA PRUEBA CUANDO EL TRABAJADOR LO RECLAMA CON EL ARGUMENTO DE QUE RECIBIÓ UN SALARIO INFERIOR AL PROMETIDO POR EL PATRÓN.
Cuando en el juicio laboral el trabajador reclama el pago de diferencias salariales, con el argumento de que recibió un salario inferior al que el patrón le prometió, y éste se excepciona en el sentido de que no ofreció uno superior al que aquél recibió, la controversia se genera, no respecto del monto del salario pagado, sino en relación con la oferta o promesa salarial que el trabajador afirma le fue hecha. En tal virtud, no se actualiza el supuesto previsto en la fracción XII del artículo 784 de la Ley Federal del Trabajo, que impone al patrón la obligación de acreditar en juicio el monto y pago del salario, pues éste se entiende referido al caso en que se discute el pagado al trabajador; de manera que si la controversia versa sobre la oferta o promesa que el trabajador afirma le formuló el patrón, hecho sobre el cual descansa su pretensión de diferencias salariales, la carga de la prueba recae en el actor, porque conforme al mencionado numeral, relacionado con los diversos 804 y 805 del indicado ordenamiento, la obligación procesal del patrón se limitaría a acreditar, con los documentos que tiene obligación de conservar y exhibir en juicio, el monto del salario pagado al trabajador, no así la promesa u oferta salarial, pues de esa norma no puede derivarse la obligación de acreditar un hecho negativo, como sería que no prometió u ofreció un salario superior al que cubrió.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2003093-b4567524/pago-de-diferencias-salariales-carga-de-la-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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