COMPETENCIA POR RAZÓN DE FUERO PARA CONOCER DE CONTROVERSIAS LABORALES ENTRE UNA EMPRESA DEDICADA A LA DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE CERVEZA, PERO NO A SU PRODUCCIÓN, Y SUS TRABAJADORES. CORRESPONDE A LOS TRIBUNALES LABORALES LOCALES.
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar las mismas pruebas aportadas por una persona moral demandada en dos juicios laborales distintos, y determinar el órgano competente por razón de fuero. Mientras que uno analizó de manera concatenada las pruebas, entre ellas, un poder notarial que contenía el objeto social y determinó que el competente era un juzgado laboral local; el otro fincó la competencia en un homólogo del fuero federal, atendiendo al objeto social señalado en la misma escritura pública.
Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, determina que la competencia para conocer de las controversias laborales entre una empresa dedicada a la distribución y comercialización de cerveza, pero no a su producción, y sus trabajadores, corresponde a los Tribunales Laborales locales.
Justificación: Si bien en el poder notarial exhibido se señala que la empresa tiene como actividades tanto actos relacionados con el comercio (comercialización, importación y exportación) de productos derivados del alcohol y del tabaco, así como su fabricación, no obstante esa descripción, del análisis conjunto de las pruebas aportadas por la propia empresa en los juicios de origen, así como de los hechos notorios advertidos por este Pleno Regional, se advierte que las actividades que lleva a cabo se centran en la distribución y comercialización de cerveza, mas no en su producción.En ese tenor, la competencia por razón de fuero para resolver los conflictos laborales con sus trabajadores corresponde al órgano jurisdiccional del fuero local, atendiendo las tesis aisladas del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubros: "CERVEZA, EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE. COMPETENCIA LABORAL." y "CERVEZA, CONFLICTOS LABORALES SUSCITADOS ENTRE EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE, Y SUS TRABAJADORES. COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES LABORALES DEL FUERO COMÚN."
PLENO REGIONAL EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2031143-3249c8ae/competencia-por-razon-de-fuero-para-conocer-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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