Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO. CONVENIOS SOBRE CUESTIONES ESPECIFICAS NO FORMAN PARTE DEL.

Clave: XVII.1o. J/11 · Registro digital (IUS): 218757 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 56, Agosto de 1992; Pág. 71

Contrato Colectivo de Trabajo es el convenio celebrado entre el Sindicato de Trabajadores y uno o varios patrones, con el objeto de establecer en cláusulas generales y abstractas las condiciones, según las cuales, debe prestarse el trabajo en una empresa o establecimiento; por lo tanto, los convenios especiales que se celebren por separado sobre cuestiones específicas, no pueden formar parte de dicho contrato colectivo, por referirse a casos concretos y particulares, además de que la vigencia de éstos se circunscribe al tiempo que sea necesario para la solución del caso específico que le dio origen.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEPTIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/218757-40186a92/contrato-colectivo-de-trabajo-convenios-sobre-cuestiones-especificas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 149/92. Francisco Antonio Ramírez Rojo. 28 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Cerón Flores. Secretario: Jesús Manuel Erives García. Amparo directo 152/92. Agustín Rubio Torres. 28 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Cerón Flores. Secretario: Jesús Manuel Erives García. Amparo directo 150/92. Jesús Patrocinio Aguirre Chaparro. 10 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Cayetano Hernández Valencia. Secretario: Manuel Cano Máynez. Amparo directo 154/92. Héctor Méndez Robles. 10 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Cayetano Hernández Valencia. Secretario: Manuel Cano Máynez. Amparo directo 148/92. Manuel Chaparro García. 10 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Rivera Corella. Secretario: Maclovio Murillo Chávez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis