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TERMINOS JUDICIALES. COMO DEBEN COMPUTARSE (CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Clave: — · Registro digital (IUS): 254981 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 72, Sexta Parte; Pág. 189

Si las partes o sus procuradores no acuden al tribunal a notificarse dentro del término que señala el artículo 72 del Código de Procedimientos Civiles veracruzano, en correcta interpretación del artículo 92 y su correlativo número 78 del propio ordenamiento, la notificación se dará por hecha y surtirá sus efectos el día siguiente al de aquel en que se publique el acuerdo respectivo en la puerta del tribunal o en su tabla de avisos, bien sea en la propia fecha del acuerdo o en otra posterior, en la inteligencia de que los términos se contarán desde que la publicación se haga; de consiguiente, es claro que el invocado artículo 92 debe interpretarse en el sentido de que los términos judiciales empezarán a correr el día siguiente del en que surta sus efectos la notificación y no desde el día siguiente en que se hubiere hecho, porque precisamente dentro de este último plazo apenas surte sus efectos.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/254981-2d0030db/terminos-judiciales-como-deben-computarse-codigo-de-procedimientos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 71, página 64. Amparo en revisión 1208/74. Humberto Chena Nava y coagraviados. 28 de noviembre de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio M. Cal y Mayor G. Volumen 72, página 107. Amparo en revisión 1297/74. Bernardo Hernández Llorente. 17 de enero de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Chan Vargas. Volumen 72, página 107. Amparo en revisión 43/75. Víctor Márquez Pérez. 7 de febrero de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio M. Cal y Mayor G. Volumen 72, página 107. Amparo en revisión 99/75. Maquinaria la Comercial de Veracruz, S.A. 7 de febrero de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Chan Vargas. Volumen 72, página 107. Amparo en revisión 190/75. Leonardo Fernández Cossío. 26 de febrero de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Maldonado Cisneros.

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