DROGAS ENERVANTES.
El simple hecho de consumir drogas enervantes no tiene el carácter de delictuoso, conforme al artículo 194, del Código Penal para el Distrito Federal y Territorios de 1931.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/390734-d9f00b2f/drogas-enervantes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Amparo directo 967/31. Reséndiz Ramírez Socorro y coags. 14 de julio de 1932. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 5241/33. Soto Balderrama Apolonio. 7 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 5242/33. Soto Balderrama Apolonio. 7 de agosto de 1935. Cinco votos.
Tomo XLIV, pág. 2334. Guerrero Contreras Isauro.
Amparo directo 4663/34. Ríos Carmen. 20 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos.
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