DROGAS ENERVANTES.
De acuerdo con el artículo 195 del Código Penal del Distrito Federal, no sólo es delictuoso el tráfico de drogas enervantes, sino también la posesión de una sustancia de tal naturaleza, sin llenar previamente los requisitos señalados por el Código Sanitario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311304-5829ce06/drogas-enervantes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 3149/35. Ponce Cámara Alfredo. 19 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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