DROGAS ENERVANTES.
El artículo 194, fracción I, del Código Penal sanciona, por considerarlo delictuoso, el ministrar, aunque sea gratuitamente, las drogas enervantes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802771-fcfbaf32/drogas-enervantes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2477/57. Manuel Orozco Villegas. 30 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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