LEYES DE PAGO.
Las leyes de pagos son, por su naturaleza de derecho público y su aplicación obliga a los tribunales desde que entraron en vigor, aun tratándose de controversias iniciadas con anterioridad a dichas leyes.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Tomo XVII, pág. 1503. Amparo directo. Espejo Valladares Santiago y coags. 28 de diciembre de 1925. Mayoría de ocho votos.
Queja en amparo civil 211/27. Zorrilla Silverio G. 7 de noviembre de 1927. Unanimidad de nueve votos.
Amparo civil directo 2005/27. Ancira Fernando, suc. de. 22 de septiembre de 1928. Unanimidad de once votos.
Amparo directo 126/20. León Alejandro de. 6 de febrero de 1929. Cinco votos.
Recurso de súplica 41/23. Banco Nacional de México, S. A. 23 de abril de 1930. Cinco votos.
NOTA:
La tesis es obsoleta, porque la ley que interpreta carece de vigencia.
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