LEY DE PAGOS.
La ley que levanta la moratoria, es, por su naturaleza, de derecho público, y su aplicación obligó a los tribunales, desde el momento en que entró en vigor y aun tratándose de controversias iniciadas con anterioridad a la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281687-79fffcb3/ley-de-pagos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 211/27. Zorrilla Silverio G. 7 de noviembre de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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