LEYES DE PAGOS.
Siendo leyes de orden público, sus preceptos deben ser aplicados desde que entran en vigor, y por tanto, las sentencias que se dicten en los juicios al promulgarse dichas leyes, deben ajustarse a los preceptuado en ellas.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 879/28. Pérez Primitivo. 1o. de abril de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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