Corpus
Modo: Corpus Pro

PULQUERIAS, CLAUSURA DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 812710 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Informes
Localización: [J]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1965; Pág. 48

La facultad de ordenar esa clausura lo que debe hacerse mediante acuerdo expreso y por escrito sólo corresponde al jefe del Departamento del Distrito Federal o al secretario general de dicho departamento para expendios de pulques, y no al director general de Gobernación.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/812710-2db7cf55/pulquerias-clausura-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 5005/60. Leonel Zamudio Guerrero. 3 de enero de 1961. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo en revisión 7394/63. Jorge Suárez Tinajero. 12 de febrero de 1965. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo en revisión 7936/63. Celso Morales Flores. 26 de febrero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo en revisión 766/64. Manuel Galindo Delgadillo. 4 de junio de 1964. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo en revisión 425/65. Guadalupe Méndez de Flores y coagraviada. 8 de septiembre de 1965. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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