PULQUERIAS, CLAUSURA DE.
El artículo 36 de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal fija las atribuciones del director general de Gobernación y del jefe de la Oficina Central Calificadora de Infracciones de dicho departamento; tal precepto no contradice ni deroga el artículo 34 del reglamento que rige el caso, el cual de manera inequívoca, precisa que el jefe y el secretario general del Departamento del Distrito Federal, satisfechos los requisitos que señala dicho reglamento, podrán ordenar, siempre por escrito, una clausura, y si ésta es ordenada por los ya citados director general de Gobernación y jefe de la Oficina Central Calificadora de Infracciones del Departamento del Distrito Federal, invaden atribuciones que no les competen.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/268225-e3b1fb69/pulquerias-clausura-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PULQUERIAS, CLAUSURA DE. (s/clave)
- PULQUERIAS, CLAUSURA DE LAS. (s/clave)
- PULQUERIAS, CLAUSURA DE. DEBEN REUNIR LOS REQUISITOS DEL ARTICULO 34 DEL REGLAMENTO PARA EXPENDIOS DE PULQUE. (s/clave)
- CLAUSURAS ORDENADAS POR EL DIRECTOR GENERAL DE GOBERNACION. (s/clave)
- PULQUERIAS, CLAUSURA DE. (s/clave)
- PULQUERIAS, CLAUSURA INDEBIDA DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis