Corpus
Modo: Corpus Pro

APELACIÓN EN MATERIA MERCANTIL.-

Clave: 53 · Registro digital (IUS): 912995 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 5a. Época; 3a. Sala; Ap. 2000; Tomo IV, Civil, Jurisprudencia SCJN; Pág. 42

Tratándose de una controversia esencialmente mercantil, el requisito de expresar los motivos de inconformidad que se hayan tenido para alzarse de la sentencia de primera instancia, es absolutamente indispensable para que dicha sentencia pueda revisarse en segunda instancia, por ordenarlo así, tanto el artículo 1342 del Código de Comercio, al disponer que la apelación se sustanciará con un solo escrito de cada parte y el informe en estrados, si las partes, quisieren hacerlo, escrito e informe que no pueden referirse más que a los agravios cuanto al artículo 133 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 104 de la Constitución Federal, que estatuye que los agravios que se causen por la sentencia definitiva, dictada en primera instancia, se combatirán por medio de la apelación, invocándose al sustanciarse la segunda instancia.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/912995-2b6693f6/apelacion-en-materia-mercantil-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Época: Recurso de súplica 48/27.-Navarro viuda de Ferrara Felipa.-27 de noviembre de 1929.-Mayoría de tres votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Recurso de súplica 67/24.-Hierro Miguel.-7 de febrero de 1930.-Mayoría de tres votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo civil en revisión 3545/29.-Estrada Faustino.-14 de febrero de 1930.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Recurso de súplica 127/26.-González José M.-13 de marzo de 1930.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Recurso de súplica 128/28.-Lozano Salvador.-28 de mayo de 1930.-Unanimidad de cuatro votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Apéndice 1917-1995, Tomo IV, Primera Parte, página 35, Tercera Sala, tesis 52.

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