SALARIOS, NIVELACIÓN DE LOS.-
Aun cuando es verdad que el término "trabajo igual" que consigna el artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo de 1931, se relaciona también, y no en forma exclusiva, con la identidad de categoría, de cargo, o de designación, respecto de los trabajos de una empresa, es ilógica la conclusión de que por esa simple identidad, la remuneración que deba pagarse por sus servicios a los trabajadores que tengan la misma categoría, o designación, deba ser necesariamente igual, pretendiendo desconocer que tal remuneración deba corresponder más directamente y sobre todo, a la cantidad del trabajo desempeñado, según se desprende del artículo citado, por lo cual, no debe interpretarse ese precepto tomando únicamente en cuenta la categoría o designación del puesto para la que han sido nombrados los trabajadores, sino también las labores que realmente ejecutan.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SALARIOS, NIVELACIÓN DE LOS. (312)
- SALARIOS, NIVELACION DE LOS. (496)
- SALARIOS, NIVELACION DE LOS. (s/clave)
- SALARIOS, NIVELACION DE LOS. (s/clave)
- SALARIOS, NIVELACION DE LOS. (s/clave)
- SALARIOS, NIVELACION DE LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis