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SALARIOS, NIVELACIÓN DE LOS.-

Clave: 568 · Registro digital (IUS): 915705 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 5a. Época; 4a. Sala; Ap. 2000; Tomo V, Trabajo, Jurisprudencia SCJN; Pág. 462

Aun cuando es verdad que el término "trabajo igual" que consigna el artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo de 1931, se relaciona también, y no en forma exclusiva, con la identidad de categoría, de cargo, o de designación, respecto de los trabajos de una empresa, es ilógica la conclusión de que por esa simple identidad, la remuneración que deba pagarse por sus servicios a los trabajadores que tengan la misma categoría, o designación, deba ser necesariamente igual, pretendiendo desconocer que tal remuneración deba corresponder más directamente y sobre todo, a la cantidad del trabajo desempeñado, según se desprende del artículo citado, por lo cual, no debe interpretarse ese precepto tomando únicamente en cuenta la categoría o designación del puesto para la que han sido nombrados los trabajadores, sino también las labores que realmente ejecutan.

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Época: Amparo directo 3564/37.-Suárez Francisco M.-9 de noviembre de 1937.-Unanimidad de cuatro votos.-Relator: Vicente Santos Guajardo. Amparo directo 6163/39.-Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana.-1o. de marzo de 1940.-Unanimidad de cuatro votos.-Relator: Hermilo López Sánchez. Amparo directo 8360/41.-Alianza de Obreros y Empleados de la Cía. de Tranvías de México, S.A.-16 de julio de 1942.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo directo 3610/41.-Unión Linotipográfica de la República Mexicana y coag.-5 de agosto de 1942.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Roque Estrada.-Relator: Antonio Islas Bravo. Amparo directo 1031/42.-Medina Gonzalo y coags.-27 de agosto de 1942.-Unanimidad de cuatro votos.-Excusa: Roque Estrada.-Relator: José María Mendoza Pardo. Apéndice 1917-1995, Tomo V, Primera Parte, página 328, Cuarta Sala, tesis 496.

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