COMPETENCIA POR DECLINATORIA, OPORTUNIDAD PARA LA INTERPOSICIÓN DE LA.-
La competencia por declinatoria puede hacerse valer en cualquier estado del procedimiento judicial, siempre que no se hubiera dictado sentencia que causare ejecutoria y que por ello pudiera considerarse cosa juzgada, puesto que en tal hipótesis, el procedimiento habría concluido y se carecería de materia para la controversia competencial, ya que como se ha expresado el procedimiento concluye con la sentencia o el sobreseimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/919029-9ecfa748/competencia-por-declinatoria-oportunidad-para-la-interposicion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Novena Época:
Competencia 113/70.-Suscitada entre el Juez de Distrito de La Laguna y el Juez Segundo de Primera Instancia en San Pedro, Coahuila.-15 de marzo de 1971.-Cinco votos.-Ponente: Mario G. Rebolledo.-Secretario: Enrique Padilla Correa.
Competencia 3/71.-Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito en el Estado de Oaxaca y Mixto de Primera Instancia de Teotitlán del Camino de la citada entidad federativa.-5 de agosto de 1971.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Manuel Rivera Silva.-Ponente: Ernesto Aguilar Álvarez.
Competencia 31/71.-J. Salomé Díaz Esparza.-22 de septiembre de 1971.-Cinco votos.-Ponente: Abel Huitrón y A.-Secretario: Enrique Padilla Correa.
Competencia 227/98.-Suscitada entre el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Coahuila y el Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Penal del Distrito Judicial de Saltillo, Coahuila.-14 de octubre de 1998.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Juan N. Silva Meza.-Ponente: Humberto Román Palacios.-Secretario: Urbano Martínez Hernández.
Competencia 99/99.-Suscitada entre el Juzgado Séptimo de Primera Instancia del Ramo Penal en el Estado de Sinaloa y el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Sinaloa.-2 de junio de 1999.-Cinco votos.-Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo.-Secretaria: Andrea Nava Fernández del Campo.
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo X, noviembre de 1999, página 130, Primera Sala, tesis 1a./J. 55/99; véase la ejecutoria en la página 131 de dicho tomo.
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA POR DECLINATORIA, OPORTUNIDAD PARA LA INTERPOSICIÓN DE LA. (1a./J. 55/99)
- COMPETENCIA POR DECLINATORIA, OPORTUNIDAD PARA LA INTERPOSICIÓN DE LA. (229)
- COMPETENCIA POR DECLINATORIA, OPORTUNIDAD PARA LA INTERPOSICION DE LA. (s/clave)
- COMPETENCIA POR DECLINATORIA, OPORTUNIDAD PARA LA INTERPOSICION DE LA. (s/clave)
- COMPETENCIA POR DECLINATORIA. SI FUE PROMOVIDA EXTEMPORANEAMENTE, DEBE SEGUIR CONOCIENDO EL JUEZ QUE PREVINO. (3a. XLIX/94)
- COMPETENCIA POR DECLINATORIA. SU INTERPOSICIÓN ESTÁ SUJETA A TÉRMINO.- (65)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis