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ATAQUES A LAS VÍAS DE COMUNICACIÓN POR INFRACCIONES COMETIDAS EN ESTADO DE EMBRIAGUEZ. ES UN DELITO QUE SE PERSIGUE DE OFICIO QUE CUALQUIER PERSONA LO PUEDE DENUNCIAR (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).-

Clave: 18 · Registro digital (IUS): 921447 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice (actualización 2002)
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Ap. Act. 2002; Tomo II, Penal, Jurisprudencia TCC; Pág. 34

El Código de Defensa Social del Estado, contempla en la fracción II del artículo 193, una sanción privativa de libertad, multa y suspensión de licencia para conducir, al conductor que en estado de ebriedad cometa alguna infracción a los reglamentos de tránsito y circulación al manejar vehículos de motor; por otro lado, el numeral 194 de la mencionada codificación estatal, impone la obligación a cualquier autoridad de tránsito bajo su responsabilidad, de denunciar ante la autoridad investigadora al chofer, automovilista o motociclista, que haya cometido la infracción en estado de ebriedad; por tanto, siendo un delito perseguible de oficio, en el que cualquier persona que tenga conocimiento del mismo está obligada de igual manera a participarlo a la autoridad ministerial, basta que cualquier persona, sea o no autoridad de tránsito, denuncie los hechos.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/921447-de67a023/ataques-a-las-vias-de-comunicacion-por-infracciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Novena Época: Amparo directo 217/99.-30 de septiembre de 1999.-Unanimidad de votos.-Ponente: José Manuel Vélez Barajas.-Secretaria: María Guadalupe Mares Velázquez. Amparo directo 238/2001.-21 de junio de 2001.-Unanimidad de votos.-Ponente: Carlos Loranca Muñoz.-Secretaria: María Eva Josefina Lozada Carmona. Amparo directo 441/2001.-25 de octubre de 2001.-Unanimidad de votos.-Ponente: José Manuel Vélez Barajas.-Secretario: Víctor Vicente Martínez Sánchez. Amparo directo 547/2001.-8 de febrero de 2002.-Unanimidad de votos.-Ponente: José Manuel Vélez Barajas.-Secretario: Víctor Vicente Martínez Sánchez. Amparo directo 25/2002.-22 de marzo de 2002.-Unanimidad de votos.-Ponente: José Manuel Vélez Barajas.-Secretario: Víctor Vicente Martínez Sánchez. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XV, mayo de 2002, página 909, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VI.1o.P. J/30; véase la ejecutoria en la misma página de dicho tomo.

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