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Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite… · Titulo SEXTO — CONSIDERACIONES GENERALES · Capitulo VII — DISPOSICIONES ADICIONALES · Seccion II — MEDIO DE IMPUGNACIÓN Y DENUNCIAS

Artículo 122

Ordenamiento: Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite las Disposiciones que establecen el Marco… · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Artículo 122. En contra de las resoluciones emitidas por la Comisión mediante las cuales: i) se determine y haga constar a los Participantes Ganadores en alguna de las Licitaciones o la descalificación de algún Participante o Participante Ganador, ii) se determine la pérdida de calidad de Interesado, iii) se den a conocer las causas por las cuales no se obtuvo la Constancia de Participación, iv) se declare desierta la Licitación, o v) se resuelva cualquier otra cuestión que ponga fin a la participación en la Licitación, únicamente procederá el juicio de amparo indirecto en los términos establecidos en el artículo 296 de la Ley.

Asimismo, cualquier irregularidad administrativa, omisión o presunta falta cometida por las personas servidoras públicas de la Comisión durante el desarrollo de la Licitación podrá ser denunciada ante el Órgano Interno de Control competente.

SECCIÓN III

CONFIDENCIALIDAD EN LAS LICITACIONES

Fuente oficial: consultar publicación

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