Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite… · Titulo SEGUNDO — DESARROLLO DE LAS LICITACIONES · Capitulo III — PROCEDIMIENTO · Seccion X — CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL
Artículo 55
Artículo 55. Para acreditar la constitución de la sociedad mercantil, el Participante Ganador deberá acudir al Domicilio de la Comisión dentro del plazo establecido en el Calendario de Actividades de la Licitación y presentar ante la DGLE el testimonio o la copia certificada del instrumento público en el que conste el acta constitutiva y los estatutos sociales. Este instrumento deberá incluir los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio y la respectiva autorización de uso de denominación o razón social.
Si por la reciente creación de la sociedad no se cuenta con la inscripción registral, el instrumento deberá acompañarse de una carta expedida por fedatario público en la que se indique que la inscripción está en trámite, detallando los datos de ingreso al registro.
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONCURSO MERCANTIL SOLICITADO POR EL APODERADO GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS DE LA SOCIEDAD COMERCIANTE. CONSTITUYE UN REQUISITO DE PROCEDENCIA PARA SU ADMISIÓN QUE, PREVIAMENTE (I.11o.C.66 C (10a.))
- AUTORIZACION JUDICIAL PARA INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO EL ACTA CONSTITUTIVA DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL O SUS REFORMAS. FINALIDAD DE LA. (2)
- SOCIEDADES MERCANTILES, FORMALIDADES EN SU CONSTITUCION. (s/clave)
- CONCURSO MERCANTIL. EL SOCIO DE LA CONCURSADA NO ESTÁ FACULTADO PARA APELAR LA SENTENCIA QUE LA DECLARA. (V.2o.84 C)
- ASAMBLEAS GENERALES DE ACCIONISTAS. (s/clave)
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