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Código Administrativo

Artículo 17.26

Ordenamiento: Código Administrativo · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 17.26.- Los permisos y autorizaciones a que se refiere este capítulo serán otorgados,

atendiendo al ámbito de su competencia, por los Directores Generales de la Junta de Caminos, el

Sistema de Aeropuertos, Autopistas y Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México, o el

Sistema de Transporte Masivo del Estado de México, con la previa autorización, en su caso, de

sus respectivos órganos de gobierno.

Fuente oficial: consultar publicación

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