Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Administrativo

Artículo 17.45

Ordenamiento: Código Administrativo · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 17.45.- Tratándose de concesiones para el servicio público de transporte de alta

capacidad o masivo y teleférico, la vigencia y su prórroga se determinarán considerando:

I. El monto de la inversión;

II. El tiempo para su recuperación; y

III. La obligación del concesionario para renovar, conservar y mantener en buen estado de

funcionamiento las vías, instalaciones, equipo y flota vehicular con que se preste el servicio,

apegándose entre otras normas a la normatividad de protección al ambiente.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 17.44Índice de la leyArt. 17.46 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis