Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Administrativo

Artículo 18.18

Ordenamiento: Código Administrativo · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 18.18. Se entenderá que los Directores responsables de obra otorgan su responsiva

cuando, con ese carácter:

I. Suscriba una solicitud de licencia o permiso de construcción;

II. Tome a su cargo la supervisión de la ejecución de una construcción; y

III. Suscriban cualquier otro documento que establezcan las disposiciones reglamentarias del

presente Libro y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 18.17Índice de la leyArt. 18.19 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis