Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 1154
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1154.- La renuncia de la prescripción es expresa o tácita, siendo esta última
la que resulta de un hecho que importa el abandono del derecho adquirido.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PRESCRIPCION, RENUNCIA A LA. (s/clave)
- PRESCRIPCION, RENUNCIA TACITA DE LA. (s/clave)
- PRESCRIPCION. (s/clave)
- PRESCRIPCION EN MATERIA MERCANTIL, RENUNCIA DE LA. (s/clave)
- PRESCRIPCION. NO PUEDE RENUNCIARSE AL DERECHO DE PRESCRIBIR PARA LO SUCESIVO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis