PRESCRIPCION, RENUNCIA A LA.
La renuncia tácita a la prescripción ganada debe desprenderse de manera directa e indudable de los actos o hechos a los que se le atribuya, como sería, por ejemplo, la solicitud de espera para el pago, el pago mismo parcial o total; la redocumentación de la obligación, etcétera, y no de manera indirecta y mediata, como ocurre si se pretende demostrar la renuncia mediante la formación incorrecta de una presunción hecha con base en otra presunción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245793-dd7190a1/prescripcion-renuncia-a-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4580/72. Internacional Model, S. de R.L. Unanimidad de cuatro votos. 11 de mayo de 1976. Ponente: Livier Ayala Manzo. Secretario: Leonel Castillo González.
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