Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 1318
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1318.- El legatario puede exigir que el heredero otorgue fianza en todos los
casos en que pueda exigirlo el acreedor.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- HEREDEROS, REQUERIMIENTO A LOS. (s/clave)
- LEGADOS DE DEUDA. (s/clave)
- TESTAMENTOS, EFECTOS DE LA NULIFICACION DE LOS. (s/clave)
- SUCESIONES. (s/clave)
- SUCESIONES, ACREEDORES DE LAS. (s/clave)
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