Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 1576
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1576. - El cargo de albacea es voluntario; pero el que lo acepte, se
constituye en la obligación de desempeñarlo.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ALBACEAS, MANDATO OTORGADO POR LOS. (s/clave)
- ALBACEAS. (s/clave)
- ALBACEAZGO. (s/clave)
- ALBACEAZGO, VIGENCIA DEL. (s/clave)
- ALBACEAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis