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Código Civil del Estado de Aguascalientes

Artículo 822

Ordenamiento: Código Civil del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 822.- El poseedor de una cosa mueble perdida o robada no podrá

recuperarla de un tercero de buena fe que la haya adquirido en almoneda o de un

comerciante que en mercado público se dedique a la venta de objetos de la misma

especie, sin reembolsar al posee dor el precio que hubiera pagado por la cosa. El

recuperante tiene derecho de repetir contra el vendedor.

Fuente oficial: consultar publicación

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